EL PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA LLEVADO A SUS ÚLTIMOS EXTREMOS
El principio de transparencia en los procesos selectivos proporciona una garantía de que los mismos se adecuarán a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad que la Constitución y el EBEP exigen para el acceso al empleo público.
En ocasiones, las Administraciones sucumben a la tentación del oscurantismo, y posteriormente los tribunales les propinan fuertes rapapolvos, cuando personas perjudicadas por esa falta de claridad se ven en la necesidad de acudir a la vía judicial para obtener algo a lo que tenían derecho desde un principio.
Un supuesto extremo, indeseable y patológico es el que se ha producido en Asturias, donde se filtraron los listados completos de los algo más de 5.000 aspirantes que se habían presentado a las oposiciones al cuerpo de maestros, con sus datos personales (nombre y apellidos y DNI), así como la especialidad y su baremo.
Parece improbable que la filtración proceda de la propia Administración, y todo apunta a que haya podido producirse una intromisión informática en servidores insuficientemente protegidos. En cualquier caso, y con independencia de eventuales responsabilidades, la Administración concernida deberá adoptar las medidas necesarias para que esos escandalosos sucesos no se repitan.